domingo, 6 de noviembre de 2011


Los retos de siempre

Escrito por: Rigel.
Noviembre 06 de 2011.


El ser humano debe de responder al derechos de respetar a favor de todos sus iguales el privilegio de poder vivir en una sociedad pacífica, en donde impere como valores fundamentales un verdadero sentido colectivo por el derecho a la libertad y la seguridad de toda persona. Esta fin responde a una teleología constitucional generando una mayor probidad en cuanto al compromiso que hay que tener con los valores de nuestra comunidad, estos valores, son la clave para la gobernabilidad democrática, por lo que todo ciudadano debe de mostrar y acatar el respeto por los derechos humanos fundamentales, el imperio de la Constitución así como el acatamiento de la ley en la que se encuentra el desarrollo del texto fundamental.

Del mismo modo la aptitud del constituyente a de ser la de alojar en su condición democrática verdaderos compromisos hacia la diferencia del ser humanos mismo, a fin de responder al derecho general de igualdad y libertad cuyos caminos son el de la inviolabilidad de la persona en la que descansa como razón fundamental la dignidad humana mas allá de der un mandato de optimización, un principio prima facie. La dignidad humana como criterio universal supera el entendimiento de la norma de derecho fundamental en la que se encuentra el principio de derecho fundamental. De este modo, realidad y norma jurídica se enfrentan al discurso retorico, que pretende minimizar el alcance de los derechos.

El discurso retorico quiere introducir en la Teoría jurídica el criterio de relatividad en el sentido que los derechos no son absolutos e infranqueables. La dignidad humana mas allá de todo concepto, así como los demás derechos humanos se encuentran señalados en normas jurídicas, entendidas como posiciones normativas, mediante las cuales un derecho subjetivo adquiere una garantía jurídica de protección no solo constitucional sino legal.

La defensa de los derechos y su garantía desde una posición normativa hace que los ciudadanos entablen un mayor compromiso con los principios, valores y normas que rigen un Estado basado en derechos. Estos valores que permanecen en la esfera humana deben de tener una protección renovada por parte de las instituciones encargadas de sostener el principio democrático pilar del templo de la democracia. La razón básica es porque el ser humano sabe que en otrora esos derechos fueron reclamados y negados, hoy difícilmente permitirá que los derechos le sean arrebatados.

Es preciso indicar que en un Estado Social de Derecho, la posición de gobernabilidad de las ramas del poder público en muchas ocasiones se encuentran en discusión por el criterio de autoridad. Lo más sensato, y en principio, sería afirmar que cada rama del poder público aporta al sistema de gobernabilidad, permitiendo que cada poder ejerza sus funciones sin entorpecer las funciones de los demás poderes. El asunto es que lo maravilloso del poder, es que quiere concentrarse, y eso es lo que hay que impedir, que se concentre en un solo organismo. Si eso llega a suceder seria un retroceso en la evolución de las sociedades, un reacomodar de toda la Teoría jurídica.

Las ramas del poder público serán las responsables por mandato constitucional, en velar por el respeto y garantías no solo del funcionamiento de la institución misma, sino que debe velar con mayor fuerza por los derechos que administra a favor y beneficio de los gobernados. No así el poder público será regulado por los tribunales de cierre en cada orden o mejor competencia por materia quedando una sola jurisdicción encargada de la supremacía, vigilancia y guarda de la constitución. la Corte Constitucional es el máximo organismo de cierre, en ella descansa un papel importante y es el de responder por el cumplimiento de los derechos y garantías señalados en la Constitución como norma de normas. De esta manera se ordena al poder ejecutivo y legislativo así como a los particulares, actúen de acuerdo con la Constitución. de modo que los jueces son los que señalan el sello reconocen la validez o de invalidez de la ley respondiendo a los principios sumos de justicia y equidad que se enlazan de modo inescindible con todos los derechos y obligaciones dando sentido al pluralismo jurídico y a los fines esenciales que orbitan en un  Estado Social de Derecho.

El poder judicial dinamiza la acción del poder ejecutivo y legislativo con el poder constituyente y ofrece un espacio para todos los ciudadanos resolviendo de forma pacífica de los conflictos que surgen en una sociedad, en este poder se genera un ambiente para la discusión razonada y objetiva de los problemas sociales cuyo criterio urgencia merece mayor atención. Los jueces en general deberán afrontar los retos del siglo XXI, que presenta el constitucionalismo en relación a la superación de la visión positivista, este reto consiste en el compromiso de llevar a cabo esta importante función judicial no solo con habilidad sino también con imparcialidad. De ese modo el poder constituyente adquiere respaldo frente a los abusos del poder y de la fuerza

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