viernes, 21 de octubre de 2011

El caso, Rosalind Williams Lecraft contra España,


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La ONU condena a España por un caso de discriminación racial - Yahoo! Noticias
El Comité de Derechos Humanos de la ONU condenó este viernes a España por el control de identidad de una persona "únicamente en razón de sus características raciales". Seguir leyendo el arículo

Esas características fueron el "elemento determinante para sospechar que estuviera en la ilegalidad", según una resolución emitida en Ginebra, a cuyo contenido accedió la AFP.

El 6 de diciembre de 1992, Rosalind Williams Lecraft, una mujer de raza negra originaria de EEUU, que obtuvo la nacionalidad española en 1969, fue objeto de un control de identidad en la estación de ferrocarril de Valladolid, una medida que la policía no efectuó a ninguna otra persona que entonces se encontrara en aquel lugar, relata el dictamen de la ONU.

Rosalind tuvo un altercado verbal con el policía que le pidió sus documentos, y sintiéndose víctima de un acto racista, presentó una querella al día siguiente, que fue desestimada. Luego denunció luego su caso al Ministerio del Interior, presentando un certificado médico, donde se mencionaba que padecía "fobia social" a consecuencia "del control policial" que la tuvo por protagonista.

Interior consideró la demanda inadmisible el 7 de febrero de 1994, y despues de apelación ante la Audiencia Nacional, fue rechazada el 15 de marzo de 1996. La misma suerte le fue reservada a un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional el 29 de enero de 2001, agotando nueve años de procedimientos internos dentro de España, abriendo las puertas a Williams Lecraf a presentarse ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU, que le acaba de dar razón.

Compuesto por 18 expertos independientes, este Comité vigila el cumplimiento del Pacto de Derechos Civiles y Politícos, uno de los dos pilares del sistema de Naciones Unidas, que dispone la igualdad ante la ley de todas las personas, cualquiera sea la raza, el color, el sexo, la lengua, la religión, la opinión, el origen nacional o social, la fortuna, o "toda otra situación".

El Comité estableció que cuando las autoridades de un país efectúan controles de identidad, las características físicas o étnicas no pueden ser consideradas como un indicio de su residencia ilegal en su territorio.

Sin embargo, el Comité constató que no existen en España instrucciones escritas expresas pidiendo que se hagan controles de indentidad tomando como criterio el color de la piel, y que no puede calificarse al país como "racista", pero dejó en claro que el principio de no discriminación en este caso fue claramente violado.

En consecuencia, el Comité ha emplazado a España a reparar el daño sufrido por Rosalind Williams Lecraf, decisión de cumplimiento obligatorio para cualquier Estado signatario del Pacto.

Tócate los cojones con la "prensa libre". No les basta con que España haya tenido que sufrir una inmigración brutal, tolerada e incluso promovida por los políticos, para que encima después de estar dándole por culo todo lo que se puede y más, para colmo la llamen "racista" (¡no fuera a ser que algún irredento osara ponerse en contra de esa inmigración masiva tercermundista tan beneficiosa!).

¿De verdad la ONU no tiene nada mejor que hacer? Yo es que no sé ni si creerme que la ONU ande con eso, y que no sea todo una mentira de los medios de intoxicación masivos.


publicado en:
http://www.burbuja.info/inmobiliaria/guarderia/120953-la-onu-condena-espana-por-un-caso-de-discriminacion-racial.html 

2 comentarios:

  1. "Rosalind Williams Lecraft, una mujer de raza negra originaria de EEUU, que obtuvo la nacionalidad española en 1969"

    A lo que pone claramente en tu post, contestas la barbaridad de que hay que "ponerse en contra de esa inmigración masiva tercermundista".

    ¿Se puede ser más simple?

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  2. "Inmigración tercermundista" :) bonito comentario Anchored

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